En la siguiente entrada detallaremos los documentos, requisitos, y permisos para salir e ingresar a otros paises.
“A los efectos de controlar el ingreso y egreso de personas del territorio argentino la Dirección Nacional de
Migraciones tendrá las siguientes atribuciones:Requerir la identificación de quienes pretenden ingresar o egresar el país...” (Art. 34 inc. a, Anexo I. RM)
Para SALIR DEL PAIS los argentinos deberán presentar ante la Autoridad de Control Migratorio:
a) Si viajan a un Estado parte del MERCOSUR o Asociado:
Documento Nacional de Identidad (los DNI tipo libreta verde sólo tendrán validez hasta 2014)
Cédula de Identidad de Policía Federal del Mercosur, sólo hasta su fecha de vencimiento.
Pasaporte Válida
La cédula Provincial es documento hábil para que los nacionales y los residentes permanentes y
temporarios de las Partes, puedan entrar al área geográfica denominada “Corredor Turístico Iguazú” por
el Puente Internacional Tancredo Neves, que una las localidades de Puerto Iguazú con Foz do Iguazú, por
un plazo de setenta y dos (72) horas. Así se desprende de los Art. 2, 3, y 4 del denominado “acuerdo de
Iguazú” firmado en 2009.
b) Si viajan a un estado NO parte del Mercosur o Asociado:
Pasaporte válido, con visaciòn consular o sin ella, en caso de existir supresión de tal requisito.
Requisitos para tramitar pasaporte
http://www.mininterior.gov.ar/pasaporte/tramite.php
En síntesis, según el país de destino, será necesario contar con:
Dentro de Argentina y países del Mercosur (toda Sudamérica excepto Guyana): DNI o cédula de Identidad
del Mercosur (siempre que están vigentes)
Es importante tener en cuenta que si un pasajero viaja a Colombia pero hace trasbordo en un país que
no es de Sudamérica, como por ej. Panamá, deberá contar con pasaporte vigente. Pero si viaja directo a
Colombia o vía Chile o Perú, le bastará con tener su DNI vigente.
Destino Nacional o Internacional: Pasaporte (según el país del destino, hay que controlar las exigencias de
validez mínima. En general los países árabes y de extremo oriente suelen pedir 6 meses de vigencia mínima
después dela fecha de salida, y algunos hasta un año.)
Todos los documentos deben estar en perfecto estado de conservación y no haber cambiado notoriamente
su fisonomía.
• DNI: Hasta la fecha de vencimiento. Niños con 5 años cumplidos y adolescentes con 14 o 16 años -según
Ley 26.774- deberán tener DNI renovado.
Actualización del DNI de los menores entre los 5 a 8 años de edad: Ver página 2 del DNI “válido hasta:
..../..../....”
Canje de DNI: El menor que cumplió 14 ó 16 años -según Ley 26.774- tiene un plazo de 180 días para
el canje de su DNI (decreto No538/04) extendiéndose durante ese lapso su validez para egresar del
Territorio Nacional.
DNI ó Cedulas en Trámites o Vencidas: Nadie podrá viajar con constancia de trámite del DNI o Cédulas
de Identidad ya vencidas.
• PASAPORTE ARG. + CEDULA DE IDENTIDAD de la PFA: hasta la fecha de vencimiento impresa en el documento. Estado civil actualizado.
1- VIAJE DE MENORES (menor de 18 años para la Legislación Nacional)
Además de los documentos de viaje arriba
mencionados, los menores que quieran salir del país, deben contar con las
constancias de autorización de aquellos mayores que tienen la patria potestad.
La Disposición DNM Nº 31100/2005 introdujo requisitos especiales en los
permisos de los menores que viajen.
a-
Si el
menor viaja en compañía de sus dos padres: documento de viaje según destino y
Partida de nacimiento, Libreta de Matrimonio o Autorización de viaje, con el
fin de demostrar la filiación
b-
Si el
menor viaja con uno de sus padres: documento de viaje según destino y
Permiso/autorización de viaje del padre faltante firmado ante escribano o en
tribunales, más la partida de nacimiento o Libreta de matrimonio que demuestre
la filiación del padre que viaja junto con el menor.
c-
Menor
que viaja solo: Documento de viaje según destino y Permiso / autorización de
viaje de los padres dada ante Escribano o autoridad pública competente con
diferentes requisitos según la edad del menor:
De 0 a 13 años de edad: la autorización debe
contener país de destino datos de la
persona que lo recibirá (nombre, apellido, tipo
y número d documento y domicilio)
De 14 a 17 años de edad: la autorización deberá
contener el país de destino.
d-
Menor
que viaja acompañado por un tercero mayor de edad (no los padres): Documento de
viaje válido y permiso/autorización de ambos padres firmada ante escribano o
autoridad judicial o pública competentes. De 0 a 17 años debe contener el país
de destino y datos de la persona que lo acompaña.
e-
Menor
hijo de menores no emancipados: Documento de viaje válido y autorización
judicial, ello a pesar de luego haber alcanzado uno de ellos la mayoría de edad
o la emancipación, hasta tanto cese en ambos la incapacidad.(Dictamen Nº 598
del 10/03/2008).
Cuando el menor viaja con su progenitor menor de
edad, se requerirá: documento válido, autorización del progenitor mayor de edad
y autorización judicial.
Cuando el menor viaja con su progenitor mayor de
edad, se requerirá: documento válido, partida de nacimiento para demostrar la filiación del progenitor mayor
de edad que viaja junto y autorización judicial por la parte del padre menor.
Cuando el menor tiene un progenitor mayor y viaja
acompañado por un tercero se requiere: documento, autorización del padre mayor
y autorización judicial por la parte del padre menor.
Se recuerda que si los progenitores menores se
casaran, quedan automáticamente emancipados civilmente, por lo que tienen plena
capacidad para autorizar a su hijo menor a salir del país.